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PRINCIPADO DE ASTURIAS: Resolución por la que se regula el sistema de identificación y registro de los équidos en las explotaciones ganaderas del Principado.

El Principado de Asturias tiene competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, como establece el artículo 10.1.10 del estatuto de Autonomía.

El Reglamento (CE) 504/2008 de la Comisión, de 6 de junio de 2008, por el que se aplican las Directivas 90/426/CEE y 90/427/CEE por lo que se refiere a los métodos de identificación de los équidos (en adelante Reglamento 504/2008), con objeto de que exista una aplicación uniforme, clara y transparente de la legislación comunitaria sobre dicha materia en los Estados miembros, deroga la Decisión 93/623/CEE de la Comisión, de 20 de octubre de 1993, por la que se establece el documento de identificación (pasaporte) que ha de acompañar a los équidos registrados y la Decisión 2000/68/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, por la que se modifica la Decisión 93/623/CEE y se regula la identificación de los équidos de crianza y renta. A su vez deja un margen de discrecionalidad a los Estados miembros, fundamentalmente en relación al método de identificación que garantice un vínculo inequívoco entre el documento de identificación y el animal. 

Resolución completa

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