La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado el recurso de un ganadero que pretendía la construcción de una instalación equina en suelo no urbanizable de Suesa, en el término municipal de Ribamontán al Mar, en el ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Litoral ( POL ).
El recurso fue interpuesto contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de febrero del año pasado, que desestimó otro de alzada presentado por el recurrente contra la resolución de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo denegando la autorización solicitada.
Los argumentos
La sentencia, hecha pública ayer, rechaza, entre otros argumentos, el esgrimido por el recurrente respecto de que su solicitud reunía todos los requisitos exigidos para que se le concediera la autorización y que ésta es compatible con el POL, ya que no supone alteración alguna en el ámbito de la contaminación.
El tribunal no comparte tal consideración y señala que la parcela en la que se pretendían construir las cuadras se integra en el ámbito de la Actuación Integral Estratégica Ambiental de la Ría de Cubas.
Recuerda al respecto que el artículo 53 de la Ley por la que se aprobó el POL establece que hasta la aprobación de los instrumentos de desarrollo de las actuaciones integrales estratégicas, únicamente se permite el mantenimiento de los usos existentes y la implantación de usos compatibles con los objetivos de la actuación.
Añade que el anexo III del POL recoge los objetivos generales del Área Integral Estratégica Ambiental de la Ría de Cubas, entre los que se encuentra reducir la contaminación provocada por las ganaderías y pequeños núcleos de población.
Pastos e inmuebles
Indica en este sentido que a los efectos de la Ley por la que se aprobó el POL, no es lo mismo mantener el uso de pastos para el ganado equino, que construir cuadras para dicho tipo de ganado, y concluye así que la autorización solicitada supone la implantación de un uso incompatible con los mandatos del Plan de Ordenación del Litoral, por lo que desestima el recurso.
Fuente: El diario montañes

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